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EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR PRESENTA UNA MOCIÓN PARA INSTAR AL GOBIERNO REGIONAL A INTRODUCIR UNA DEDUCCION EN EL IRPF POR CONTRATACION DE EMPLEADAS DEL HOGAR

Carmen Bayod: Los contratos de las empleadas del hogar se deben hacer con su correspondiente alta en seguridad social, si se cumple el horario y los requisitos establecidos para ello.

| 22-06-2009

La Portavoz del Grupo Municipal Popular Carmen Bayod asegura que nos encontramos ante un panorama de crisis internacional que afecta en mayor medida a nuestro país y en concreto a las familias, que están viendo cómo cada día crece el número de parados en el seno de las mismas.
 
Según datos del Ministerio de Trabajo, en el mes de mayo son ya 3,620,139 parados en España y 1,798,532 las mujeres que se encuentran sin empleo; en CLM los parados son 174,729 y de ellos 92,504 mujeres; y en Albacete hay 20,843 mujeres desempleadas de un total de 37,013 parados. Todo ello sin contar con los negocios tanto de mujeres como de hombres que se ven abocados al cierre.
 
Cuando los dos miembros de la unidad familiar trabajan, en ocasiones, necesitan contratar una empleada del hogar que ayude a las tareas de la casa o con los niños. Sin embargo, en estos días,  muchas empresas para evitar el cierre están haciendo reducciones de jornada con su correspondiente reducción salarial, colocando a la familia en la disyuntiva de prescindir de la empleada del hogar. Añade Bayod
 
El modesto sueldo de la trabajadora doméstica, cuyo régimen especial es claramente desfavorable, es de gran ayuda para el mantenimiento de su familia y, en ocasiones, es el único medio de subsistencia familiar.
 
Por otra parte, hay que tener en cuenta que el empleador no obtiene ningún beneficio económico directo de la contratación de una empleada del hogar sino que tan sólo la mantendrá si las diferencias salariales entre empleador y empleada son sustanciales. Además a diferencia de cualquier otro empresario no puede deducirse del IRPF los gastos salariales de su empleado.
 
Se calcula que existen en España unos 800,000 puestos de trabajo ocupados por mujeres que trabajan en casas ajenas y tan sólo 270,000 están de alta en la Seguridad Social.
 
Es por tanto esencial que tratemos de evitar estos despidos en cadena y en concreto el de las más necesitadas, así como favorecer que los contratos de las empleadas del hogar se hagan con su correspondiente alta en seguridad social, si se cumple el horario y los requisitos establecidos para ello.
 
Otras comunidades autónomas como la de Galicia o Castilla y León incorporan, con más o menos condiciones una deducción del IRPF por este concepto.
 
Por lo anteriormente expuesto, el grupo municipal del Partido Popular a través de la presente moción propone:
 
Instar del Gobierno Regional de CLM, competente a estos efectos, el establecimiento de una deducción en el IRPF en virtud de la cual los contribuyentes puedan deducirse el 30% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo a una empleada del hogar, siempre que concurran los siguientes requisitos:
 
-                   Que en la fecha de devengo tengan hijos menores 8 años o mayores de edad incapacitados judicialmente, no acogidos a la ley de dependencia.
-                   Que ambos cónyuges o integrantes de parejas de hecho debidamente inscritas en el registro oficial correspondiente perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas. En el caso de familias mono parentales, que la madre o el padre perciba rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
-                   Que la empleada del hogar esté dada de alta en el régimen especial de la Seguridad Social.
-                   Que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar no exceda de 25,000 ? en tributación individual o de 35,000 ? en tributación conjunta.
-                   Que el trabajo de la empleada se desarrolle en la vivienda habitual de la unidad familiar.
 
 
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