Se proponen las siguientes modificaciones del Reglamento de Organización del Partido Popular de Albacete, de acuerdo con las modificaciones que se han introducido en los Estatutos Nacionales del Partido Popular, aprobados en el XVII Congreso Nacional celebrado en Sevilla y las introducidas en el XII Congreso Regional celebrado en Talavera de la Reina.
Las introducciones que se proponen vienen marcadas en color azul y las supresiones de artículo en rojo y con efecto tachado.
PREÁMBULO
El Reglamento de Organización del Partido Popular de Albacete es la norma, junto con los Estatutos Nacionales, por la que nos regimos todos los afiliados de nuestra provincia.
Con el paso de las diferentes citas congresuales el Reglamento de Organización del Partido Popular ha ido sufriendo una evolución constante donde se han ido asumiendo los principios programáticos a nivel nacional junto con las peculiaridades específicas de nuestra provincia.
En este XI Congreso el Reglamento de Organización debe servir para afianzar a nuestro partido como la única fuerza política centro reformista de la provincia de Albacete. El objetivo es consolidarnos como un partido político capaz de ser transmisor de los anhelos y de las inquietudes de los ciudadanos.
Es obligación de los partidos políticos plantear una constante renovación como mecanismo eficaz para combatir los comportamientos éticos reprobables a fin de conseguir la confianza de los ciudadanos en sus representantes políticos. Es prioritario introducir en el ideario de un partido político todos aquellos elementos adecuados para el mejor gobierno y gestión de la cosa pública.
En este sentido, los Estatutos y el Reglamento de Organización de un partido político son algo más que un código de funcionamiento interno. Es prioritario para el Partido Popular de Albacete poder ahondar en la claridad y en la transparencia de cara a los ciudadanos. En estos momentos, cuando en las pasadas elecciones municipales y autonómicas hemos recibido un importantísimo apoyo por parte de los ciudadanos de nuestra provincia se hace necesario, más que nunca, trasladarles a todos aquellos que confiaron en nosotros nuestro firme deseo de aportar transparencia y claridad en la gestión del dinero público.
El Partido Popular debe ser una organización capaz de adaptarse de manera ágil y eficaz a una sociedad cada día más cambiante. Es una obligación de los partidos políticos plantear una evolución en paralelo con la sociedad a la que aspira representar. Debemos ser capaces de consolidar el nuevo proyecto político puesto en marcha en los últimos meses en numerosos municipios de la provincia con cercanía y transparencia.
Vivimos en la actualidad un momento histórico complejo en el que trastornos económicos de todos conocidos han impactado con especial virulencia en nuestro país. En esta tesitura el propio modelo de “Democracia Liberal” se ve tensionado y, desde algunas franjas del espectro político y social, se cuestionan su legitimidad y viabilidad. También por las mismas circunstancias, a las que se suman avatares diversos, los partidos políticos y la propia condición de "político" están sometidos a una profunda y demoledora erosión crítica. En este escenario es vital, imperativo, que el Partido Popular, depositario de un caudal de confianza del pueblo español de magnitud gigantesca, haga honor a este hecho y a su impecable historial democrático, dando pasos decididos en pos de una mayor transparencia, una defensa sin fisuras de los fundamentos éticos de la actuación política y un exhaustivo esfuerzo de conexión con el conjunto de la sociedad española.
Las modificaciones introducidas a través de esta ponencia buscan plantear soluciones a estas premisas para conseguir una estructura de partido eficaz y eficiente, sólida y ágil a la vez.
En ocasiones se puede ver a los partidos políticos como entes autónomos al margen de la sociedad en la que vivimos. Desde el Partido Popular de Albacete reivindicamos que una parte del éxito cosechado en las últimas citas electorales ha sido, precisamente, porque en estos años hemos sido capaces de sintonizar de una manera casi perfecta con la sociedad en la que vivimos. Siguiendo las directrices regionales, se han desarrollado programas encaminados a que nuestros cargos públicos no pierdan el contacto con la ciudadanía como condición “sine qua non” para posteriormente ser depositarios de la confianza de la sociedad en la que vivimos. Ahora, a través de estos estatutos formalizaremos en nuestro reglamento de funcionamiento lo que tan buenos resultados nos ha dado.
El Partido Popular, atento a la evolución social y deseoso de continuar perfeccionándose como instrumento de servicio a la sociedad, tiene vocación de desarrollar nuevos canales de participación de la personas en la configuración de la base ideológica del partido y de su praxis política. En este sentido, desde el Partido Popular queremos desarrollar aquellos mecanismos que posibiliten la comunicación permanente entre nuestra organización y el conjunto de la sociedad española.
Es fundamental el conseguir que las sedes del Partido Popular sean un instrumento para que los ciudadanos puedan transmitir sus inquietudes o sus preocupaciones. La participación de la ciudadanía en la vida diaria del Partido debe ser una prioridad que debemos hacer como organización. Debemos dar la posibilidad a la ciudadanía de aportar las ideas y propuestas que consideren oportunas a fin de que puedan tener una incidencia real en la actividad de partido.
La crisis en la que vivimos debe acentuar más la sensibilidad del Partido con la sociedad albaceteña. Es nuestra obligación como organización y la responsabilidad de nuestros cargos públicos intentar sacar a este país y por extensión a nuestra región y nuestra provincia de la complicada situación económica que vivimos. Debemos seguir tomando las decisiones más adecuadas en cada momento, independientemente de su popularidad. La finalidad última y máxima es la de crear empleo y salir de la crisis. Ese objetivo debe ser la prioridad absoluta que dirija y guíe todos nuestros pasos. Nada es más importante, nada es más prioritario que salir del túnel en el que nos encontramos.
Por otro lado, la crisis nos ofrece un panorama desolador de familias hundidas y desesperadas que hace sólo unos años tenían vidas normales en condiciones normales. A ellos dirigimos especialmente nuestros esfuerzos reformistas, a ayudarlos a encontrar de nuevo empleo, a que vuelvan de nuevo a la vía del optimismo y la alegría pero, mientras tanto, daremos respuesta a sus necesidades acuciantes con ayudas y protección social. Ellos son nuestra máxima prioridad.
Desde la ejemplaridad, la honradez, la transparencia y la abnegación en el servicio público y desde la apertura participativa más intensa, el Partido Popular quiere seguir contribuyendo, como hasta ahora, al logro de una democracia estable, fructífera, equitativa y capaz de proveer a toda la ciudadanía de los instrumentos necesarios para el total desarrollo de las capacidades individuales. Los presentes estatutos quieren ser un paso, modesto pero firme, en esa dirección.
Como principio programático, dentro de los órganos de dirección del Partido
Popular de Albacete y en su representación institucional consideramos que se debe seguir progresando hacia la igualdad plena de mujeres y hombres.
Junto con lo anterior se contemplan un amplio conjunto de modificaciones pretenden dar, a partir de la experiencia, una mejor solución a determinados problemas y completar la tendencia iniciada hace años de construir un Partido sobre una sólida y bien integrada estructura territorial. Para ello se proponen diversas formas entre las que cabe destacar el incremento de la seguridad jurídica y las garantías de los afiliados, la introducción de un procedimiento claro y riguroso de rehabilitación de los militantes sancionados y la actualización y precisión de las referencias legales existentes a lo largo del texto. Además, se mejora la articulación entre los distintos niveles del Partido y se incrementa la capacidad auto-organizativa de todos ellos.
Artículo 2º: Ideología y compromiso político
2.-El Partido Popular de Castilla-La Mancha se fundamenta en los principios de autonomía y adaptación a la singularidad propia de Castilla-La Mancha como elementos de fortalecimiento de la unidad e identidad del Partido Popular en España, así como en los de coordinación con las demás organizaciones territoriales del Partido y de aceptación de las líneas políticas generales emanadas del Congreso Nacional y de la Junta Directiva Autonómica.
3.- El Partido Popular quiere distinguir su actuación general por un compromiso renovado con el derecho a la vida, la integración y el respeto a las minorías, y la defensa y solidaridad con las víctimas de la violencia en todas sus manifestaciones, así como la protección del medio ambiente. Un compromiso con personas, familias y empresas que en la actualidad se centra en la creación de empleo, la protección de la sociedad del bienestar y la gestión austera, honesta, eficiente y transparente de las administraciones públicas, asumiendo como principios de la gestión pública, la eficiencia, la eficacia, y la calidad en la prestación de los servicios, la austeridad, la transparencia, la estabilidad presupuestaria, el control del déficit y el no solapamiento de competencias entre administraciones.
Artículo 3: De los afiliados.
1.- Podrá afiliarse al Partido Popular todo español mayor de edad, con independencia de su país de residencia, así como aquellos extranjeros que residan legalmente en España, con las limitaciones establecidas en la legislación vigente. Los afiliados al Partido Popular podrán ser militantes o simpatizantes.
2.- La afiliación al Partido Popular es incompatible con la afiliación a otro partido político español o participar en Agrupación de Electores Independientes sin autorización de los órganos colegiados competentes del Partido, sea cual sea su ámbito territorial.
4.- Las solicitudes de afiliación deberán entregarse preferentemente en la sede Local, de Distrito o Comarcal del lugar en el que resida o esté censado el solicitante. Las solicitudes entregadas en las sedes del Partido deberán ser remitidas inmediatamente a las sedes Locales, de Distrito o Comarcales de la población en que resida o esté censado el solicitante para que sean informadas en el plazo de diez días. Posteriormente dichas solicitudes deberán presentarse ante el Comité Ejecutivo Provincial o Insular correspondiente del lugar en el que resida o esté censado el solicitante.
11.- Quienes soliciten su afiliación al Partido Popular y tengan edades comprendidas entre 18 y 29 años podrán hacerlo a través de Nuevas Generaciones, si así lo solicitan, para ello, la solicitud de afiliación al Partido Popular contendrá una casilla específica en la que se haga mención a la posibilidad de afiliarse a Nuevas Generaciones.
Artículo 6º: Deberes de los militantes
g) Realizar una declaración notarial de bienes y actividades cuando accedan a cualquier cargo de Representación Institucional o sean designados para ello, de acuerdo con el formato que al efecto establezca la Junta Directiva Nacional, y depositarla en la Subcomisión del Comité Nacional de Derechos y Garantías prevista en el artículo 50 de estos Estatutos, siendo el Secretario de dicho Comité el responsable de la guarda y custodia de las mencionadas declaraciones notariales de bienes y actividades. Al abandonar los cargos que dieron lugar a dicha declaración se formulará otra con iguales determinaciones.
h) Participar en los procesos electorales como interventores o apoderados del Partido cuando sean requeridos para ello.
i) Colaborar activamente en las campañas electorales.
j) Difundir los principios ideológicos y el proyecto político del PP.
k) Abonar las cuotas correspondientes con la periodicidad señalada.
Artículo 8º: Pérdida de la condición de afiliado
1.-La condición de afiliado del Partido Popular se extingue automáticamente por fallecimiento, por renuncia expresa del interesado y, además, por las siguientes causas:
b) Por incumplimiento grave de los Estatutos del Partido, reglamentos y códigos, cuando así lo acuerde la Comisión Nacional de Derechos y Garantías.
g) Por mediar sentencia firme condenatoria recaída en procedimeinto penal por la comisión de cualquier delito doloso.
i) Por promover mociones de censura contra cargos del Partido Popular en cualquier área de gobierno, sin autorización del Comité Ejecutivo que proceda.
CAPÍTULO SEGUNDO
DE LOS CARGOS DE REPRESENTACIÓN INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 10: Principios Generales.
1.- Todos los cargos públicos y orgánicos del Partido Popular:
a) Han de observar la máxima ejemplaridad, rigor y exigencia en el desempeño de sus funciones, velando siempre por el interés público y el servicio a los ciudadanos, y absteniéndose de cualquier conducta que, aún siendo plenamente legal, pueda dañar la imagen u honorabilidad de la organización a la que pertenecen.
b) Actuarán en el desempeño de sus cargos o funciones de acuerdo con los principios de transparencia, responsabilidad, eficiencia, austeridad y buen gobierno en la gestión de los recursos públicos.
c) Se abstendrán de toda actividad privada que pueda suponer un conflicto de intereses con el ejercicio de su función, y no aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja.
d) No intervendrán, ni influirán en la tramitación o resolución de procedimientos administrativos cuando los mismos afecten a su persona o su entorno familiar y social.
e) Asumirán el compromiso de cumplir estrictamente el régimen de incompatibilidades previsto en las leyes, no dedicándose, por sí ni por persona interpuesta, a actividades que puedan vulnerarlo.
2.- Los cargos públicos y orgánicos del Partido Popular formalizarán su acatamiento de los anteriores principios y pautas de conducta, a través de la Carta de Compromisos, cuyo modelo será aprobado por el Comité Ejecutivo Nacional.
ARTÍCULO 11: De la Carta de Compromisos.
1.- Con carácter previo a la aceptación de un cargo público u orgánico se deberá suscribir la Carta de Compromisos, documento que contendrá un conjunto de obligaciones de contenido ético y deontológico.
Asimismo, todos los integrantes de listas electorales del Partido Popular, sea cual sea su ámbito, habrán de suscribir la Carta de Compromisos. La negativa a firmar esta Carta impedirá ser candidato cargo público u orgánico. 25
2.- Los cargos públicos y orgánicos del Partido Popular, se comprometen a actualizar cada dos años su Carta de Compromisos, y, en todo caso, a poner inmediatamente de manifiesto al Partido cualquier variación de las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su declaración inicial.
3.- La Carta de Compromisos se compondrá de los siguientes extremos:
a) La declaración jurada de que, en el momento de suscribir el compromiso, no existe ninguna causa jurídica que le inhabilite para ser designado, ni concurre situación alguna de conflicto de intereses con el ejercicio de su función. En la Carta se recordará la sujeción al régimen de incompatibilidades previsto en la legislación vigente y las consecuencias de su incumplimiento, tanto las de carácter administrativo, como las que se deriven del Reglamento de Régimen Disciplinario del Partido Popular.
b) El compromiso de actuar públicamente de acuerdo con los principios de integridad, responsabilidad, transparencia, ejemplaridad y honradez.
c) El compromiso de poner a disposición del Comité de Derechos y Garantías, cuando este se lo requiera, la declaración de bienes y actividades que por razón del cargo público están obligados legalmente a depositar en la institución correspondiente. En el caso de no tener esa obligación, el compromiso de hacer, al ser nombrado o elegido, una declaración formal de bienes y actividades, que hará llegar al Comité cuando le sea requerida y que comprenderá, al menos, los siguientes extremos:
Los bienes, derechos y obligaciones patrimoniales que posea.
Los valores o activos financieros negociables.
Las participaciones societarias.
El objeto social de las sociedades de cualquier clase en las que tenga intereses personalmente.
Las sociedades participadas por aquellas otras que sean objeto de declaración según el apartado c) con señalamiento de sus respectivos objetos sociales.
d) El compromiso de separar claramente en su actuación lo público de lo privado, y de distinguir decididamente las actividades públicas de las privadas y las de Partido.
e) El compromiso de comunicar a la Dirección del Partido Popular la apertura de cualquier procedimiento jurisdiccional del que puedan derivarse indicios racionales de comisión de un delito, y de poner a disposición del Partido el cargo público u orgánico que desempeñe cuando el Comité Nacional de Derechos y Garantías considere que su permanencia en el mismo daña a la propia organización o a la institución pública.
Artículo 18: Los Órganos del Partido.
5.- Cuando algún órgano del Partido, cualesquiera que fuera su ámbito, se negase a ejercer las funciones que establezcan en los Estatutos y los Reglamentos del Partido, éstas serán asumidas automáticamente por el órgano jerárquicamente superior.
Artículo 29: Composición de la Junta Directiva Provincial.
1.-La Junta Directiva Regional estará integrada por:
a) Los miembros del Comité Ejecutivo Provincial
b) Los Presidentes de los Comités Ejecutivos Locales.
c) Los Parlamentarios Autonómicos electos por la provincia.
d) Los Parlamentarios Nacionales electos por la provincia.
e) Los Diputados provinciales.
f) Los Alcaldes que ostenten la condición de afiliados.
g) Los Portavoces de los Ayuntamientos de localidades de más de 5.000 habitantes donde el Partido no gobierne.
h) El Presidente y Secretario Provincial de Nuevas Generaciones más quince miembros elegidos por dicha organización.
Artículo 30: Régimen y composición del Comité Ejecutivo Provincial.
2.-El Comité Ejecutivo Provincial estará integrado por:
a) El Presidente Provincial del Partido, y en su caso, los Vicepresidentes.
b) El Secretario General del Partido y, en su caso, los Vicesecretarios Generales.
c) Veintidós Vocales elegidos por el Congreso Provincial.
d) Los Coordinadores.
e) Los Secretarios de Área.
f) El Alcalde o, en su defecto, el Portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular en el Ayuntamiento de Albacete.
g) El Presidente de la Diputación Provincial o, en su defecto, el Portavoz y el Presidente del Grupo del Partido Popular en dicha institución.
h) Hasta dos parlamentarios nacionales de la provincia designados por los restantes miembros del Comité Ejecutivo Provincial a propuesta del Presidente.
i) Hasta dos parlamentarios autonómicos de la provincia designados por los restantes miembros del Comité Ejecutivo Provincial a propuesta del Presidente.
j) Hasta dos Parlamentarios Provinciales distintos del Portavoz y del Presidente del Grupo, designados por los restantes miembros del Comité Ejecutivo Provincial a propuesta del Presidente.
k) El Presidente y el Secretario Provincial de Nuevas Generaciones.
l) El Presidente del Comité Electoral Provincial
m) El Tesorero.
ARTÍCULO 33: De las Comisiones de Estudio
1.- Para impulsar y facilitar la participación de los afiliados y cargos públicos del Partido se podrán constituir en los diferentes ámbitos territoriales Comisiones de Estudio como órganos de trabajo permanente e instrumentos de debate, análisis y estudio al objeto de realización de informes o para formulación de propuestas.
Los afiliados podrán formular propuestas, proyectos y proponer Comisiones de Estudio. Este derecho se ejercitará por escrito remitido al Comité Ejecutivo o su Presidente para su posterior aprobación.
2.- Dichas Comisiones deberán ser aprobadas por el correspondiente Comité Ejecutivo, a propuesta de su Presidente, y estarán divididas en diferentes áreas sectoriales y abiertas a la participación social y a la colaboración de expertos aunque no sean afiliados del Partido.
Las Comisiones de Estudio que se creen por el Partido y sobre temas que afecten a la juventud contarán con la participación de Nuevas Generaciones.
Artículo 43: Competencias
3.- El Comité de Derechos y Garantías del Partido Popular de Castilla-La Mancha, tiene competencia para instruir y resolver cualquier expediente, incluso aquellos cuya sanción pueda ser la de expulsión del Partido. Cuando por cualquier medio se tuviera conocimiento de la falta de ejemplaridad en el comportamiento o conducta de un afiliado o cargo de representación institucional del Partido, se acordará la apertura de una información reservada que podrá devenir un expediente disciplinario.
Artículo 60: Afiliación y funcionamiento
1.-Podrá afiliarse a Nuevas Generaciones del Partido Popular de Castilla-La Mancha cualquier joven mayor de dieciséis años y menor de veintinueve que no pertenezca a otro partido político ni asociación con fines contrarios a los señalados en los correspondientes Estatutos de Nuevas Generaciones y en los Estatutos del Partido Popular.
Agenda | Calendario | Horario Provisional del Congreso | Balance de gestión 2008-2012 | Ponencia Reglamento | Ponencia Política | Candidaturas del PP en la Provincia de Albacete | Reparto Total de Compromisarios | Reglamento del XI Congreso Provincial de Albacete | Acuerdos Junta Directiva Provincial | Modelo de Apoyo de Militantes | Modelo de avales comité ejecutivo provincial | Formularios Compromisarios |