Bienvenida/o a la información básica sobre las cookies de la página web responsabilidad de la entidad: Partido Popular de Albacete.

Una cookie o galleta informática es un pequeño archivo de información que se guarda en tu ordenador, “smartphone” o tableta cada vez que visitas nuestra página web. Algunas cookies son nuestras y otras pertenecen a empresas externas que prestan servicios para nuestra página web.

Las cookies pueden ser de varios tipos: las cookies técnicas son necesarias para que nuestra página web pueda funcionar, no necesitan de tu autorización y son las únicas que tenemos activadas por defecto.

El resto de cookies sirven para mejorar nuestra página, para personalizarla en base a tus preferencias, o para poder mostrarte publicidad ajustada a tus búsquedas, gustos e intereses personales. Puedes aceptar todas estas cookies pulsando el botón ACEPTA TODO o configurarlas o rechazar su uso clicando en el apartado CONFIGURACIÓN DE COOKIES.

Si quires más

Configuración de cookies

CARMEN BAYOD SOLICITARÁ EN EL PLENO LA MODIFICACION DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS BIENES DE NATURALEZA URBANA PARA EL EJERCICIO 2010

| 23-08-2010

Cesárea Arnedo, Carmen Casero y Carmen Bayod.

Cesárea Arnedo, Carmen Casero y Carmen Bayod.

Galería de Imagenes

La Portavoz Municipal del Partido Popular Carmen Bayod ha explicado como por consecuencia de la revisión, de carácter general, de valores catastrales de los inmuebles de naturaleza urbana realizada en nuestra ciudad, cuya entrada en vigor se realizó el 1 de enero de 2006, estos valores experimentaron un aumento desmesurado. Así, el incremento medio de los valores catastrales se situó por encima del 150 %.
 
Como ya anunció este Grupo municipal, esta subida ha tenido y sigue teniendo en la actualidad, una repercusión directa en otros impuestos como son: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Impuesto sobre Bienes Inmuebles e Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana.
 
Con respecto al Impuesto sobre el Patrimonio, ahora bonificado al 100 %, tuvo en su día la referida repercusión y la volvería a tener en caso de que el Gobierno Zapatero decidiese eliminar y/o reducir la bonificación actual.
 
La repercusión se concreta en una subida generalizada de la cuota a pagar por los ciudadanos en estos impuestos. De éstos solamente dos son municipales (Impuesto sobre Bienes Inmuebles e Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana) y por tanto el Ayuntamiento tiene competencia para modificar tanto los coeficientes aplicables como los tipos impositivos, así como para establecer distintas bonificaciones.
 
Bayod asegura que con ocasión de la aprobación de la Ordenanza Fiscal reguladora del IBI del ejercicio 2006, se presentaron más de 7.000 reclamaciones solicitando una rebaja del tipo impositivo con el objeto de no incrementar la cuota tributaria a pagar por parte de los ciudadanos en el referido año. Solicitud ésta que fue rechazada por el Equipo de Gobierno Socialista.
 
 
Respecto al Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana, conocido popularmente como Plusvalía, la revisión de valores catastrales ha provocado un incremento -absolutamente desmesurado- de los valores catastrales del suelo que se sitúa en un promedio de aproximadamente un 300 %. Siendo el incremento del valor del suelo, sobre el que se produce el hecho imponible del impuesto decisivo para conformar la base imponible sobre la que se tributa.
La Ley de Haciendas Locales establece en su artículo 107.3 que “Cuando se modifiquen los valores catastrales como consecuencia de un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, se tomará, como valor del terreno, o de la parte de éste que corresponda según las reglas contenidas en el apartado anterior, el importe que resulte de aplicar a los nuevos valores catastrales la reducción que en cada caso fijen los respectivos ayuntamientos…..La reducción tendrá como límite mínimo el 40 % y como límite máximo el 60 %, aplicándose, en todo caso, en su límite máximo en los municipios cuyos ayuntamientos no fijen reducción alguna……….”. En el caso de nuestro Ayuntamiento, la reducción aplicada es del 60 %.
A pesar de esa reducción, debido al desorbitado incremento producido, se hacía necesario acometer una disminución de los coeficientes así como de los tipos impositivos establecidos en la ordenanza fiscal. Todo ello, con el objetivo de reducir el importante impacto tributario que se ocasiona a los contribuyentes en la liquidación de este impuesto y que se ha traducido y se traducirá, en una desmesurada subida, de la cuota tributaria a pagar. Este Grupo Municipal así lo ha solicitado al Pleno del Ayuntamiento, pero siempre ha encontrado el rechazo del PSOE e IU. Por lo que finalmente, se ha producido una continua subida de este impuesto municipal.
El referido artículo de la Ley de Haciendas Locales, también establece que Dicha reducción se aplicará respecto de cada uno de los cinco primeros años de efectividad de los nuevos valores catastrales”. Es decir, que para el año 2011 esa reducción desaparece, lo que supondrá un incremento de la cuota tributaria a pagar que se situará por encima del 150 %. Es decir, si no se produce una disminución de los tipos y/ o de los coeficientes, se producirá una desmesurada subida del impuesto.
Por todo ello, el Grupo Municipal Popular someterá a la consideración del Pleno la aprobación del siguiente acuerdo:
 
Iniciar expediente de modificación de la ordenanza fiscal que regula el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana, estableciendo una disminución de los coeficientes anuales determinantes de la base imponible del impuesto, así como del tipo de gravamen aplicable, con el objetivo de neutralizar la desaparición de la reducción del 60 % de la base imponible, para que las cuotas tributarias derivadas de su liquidación no experimenten crecimiento alguno, evitando así una nueva subida de impuestos.

Documentos adjuntos

Bookmark and Share

Arriba Enviar a un amigoEnviar a un amigo Volver AtrásVolver Atrás